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5 seguros para disfrutar de las vacaciones con la tranquilidad de estar protegido

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Desde Medicorasse recomendamos revisar los siguientes seguros y coberturas para disfrutar de las vacaciones con la tranquilidad de estar protegidos:

Seguro del hogar 

El seguro del hogar ofrece diferentes opciones y modalidades con coberturas pensadas para proteger tanto los bienes materiales como las personas que lo habitan ante imprevistos del día a día y también en períodos de vacaciones cuando la casa queda cerrada y poco vigilada. Con una póliza de hogar podemos viajar tranquilos ya que existen una gran variedad de coberturas:

• En caso de robo: si te roban en la calle o en caso de uso fraudulento de tarjetas de crédito, así como por desperfectos por robo.

 • Por daños: en caso de vandalismo o por desperfectos (agua, apagado de luz o un cortocircuito), la aseguradora puede cubrir los gastos de todo lo que se haya estropeado.

Existe la opción de contratar una póliza complementaria para la defensa jurídica por ocupación ilegal de la vivienda. A través de esta cobertura, un equipo de profesionales realizará los trámites necesarios para proceder al desahucio judicial de los okupas y que puedas recuperar tu casa.

Seguros de salud

Viajar, tanto a destinos nacionales como internacionales, implica un cambio en la rutina que puede afectar a la salud. Contar con una cobertura de asistencia médica que nos cubra en situaciones inesperadas nos aporta tranquilidad y seguridad a la hora de viajar.

Los seguros de salud incluyen una garantía de asistencia en viaje por si tienes algún imprevisto en un país extranjero. Es aconsejable comprobar qué suma asegurada tiene la garantía para asegurar que sea suficiente en función del destino al que viaje y valorar si es necesario contratar un seguro específico de asistencia de viaje con una suma asegurada más elevada. 

Coberturas de viajes temporales 

Para viajes temporales, puedes contratar un seguro de viaje temporal que te cubra durante los días que dure el viaje, que incluye, entre otras garantías, asistencia médica de carácter urgente, robo del equipaje, indemnización en caso de retraso o cancelación del vuelo e incluso el retorno anticipado del asegurado en caso de fallecimiento u hospitalización de un familiar de determinado grado.

Seguro de accidentes 

Contar con la cobertura de un seguro de accidentes nos ofrece la tranquilidad de disponer de una protección económica para hacer frente a las necesidades y gastos que pueden surgir en caso de sufrir un accidente. Este seguro garantiza la protección económica del asegurado y de sus beneficiarios en caso de que, de esta situación, se convierta en muerte o invalidez permanente. De esta forma, la familia no se verá tan afectada por la disminución de ingresos.

Seguro de automóvil

Si sales de viaje con tu coche es importante conocer qué seguro de coche tienes para hacer frente a cualquier imprevisto que pueda surgirte ante una avería y asegurarte de tener una buena asistencia en carretera, distinguiendo entre asistencia al vehículo y la asistencia a las personas.

¿Cómo podemos ayudarte desde Medicorasse? 

Estos seguros harán que tus vacaciones sean mucho más tranquilas, ya que estarás cubierto frente a los principales imprevistos que pueden surgir en temporada estival. Y recuerda que puedes ampliar las coberturas o incluir alguna extra para situaciones concretas.

Desde Medicorasse, ponemos a tu disposición nuestro equipo de asesores para revisar gratuitamente tus seguros y comprobar que tus coberturas son las adecuadas para los riesgos a los que te expones.

Solicita más información sin compromiso a través del siguiente formulario y un asesor experto te contactará para revisar tu seguro.

Medicorasse, Correduría de Seguros del Col·legi de Metges de Barcelona SAU. CIF A 59498220. Domicilio social en el paseo de la Bonanova, 47, 08017 Barcelona. RM de Barcelona volumen 20624, folio 211, hoja B10481, inscripción 1a. Dirección General de Seguros y Fondo de Pensiones clave J0928. Póliza de responsabilidad civil y capacidad financiera de conformidad con el Libro II del Real Decreto Ley 3/2020, de 4 de febrero, que traspone la Directiva (UE) 2016/97, de 20 de enero, sobre la Distribución de seguros.

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