La vivienda es uno de nuestros bienes más preciados y el que más dudas genera a la hora de contratar un seguro. Es por eso que antes de contratarlo es importante hacer una buena valoración del continente -la vivienda propiamente dicha- y del contenido -todo lo que tenemos en nuestro hogar: muebles, electrodomésticos, obras de arte, ropa, joyas. No solo es importante valorar bien el continente y el contenido de tu piso o casa porque podrías estar pagando de más sino también porque podrías estar no valorando los riesgos y por ello tu póliza sería incompleta.
Contenido y continente
El seguro de hogar tiene unes coberturas básicas:
- El continente: son todos los elementos que componen la estructura física de la vivienda o edificio. Estamos hablando de la paredes, el tejado, el suelo, las cañerías, moqueta, pintura… En definitiva, todas las partes que no se pueden extraer de la casa sin dañar el edificio.
- El contenido: son todos los objetos que se encuentran dentro de la vivienda y que pertenecen al asegurado. Joyas, muebles, electrodomésticos, objetos electrónicos, cuadros, ropa… forman parte del contenido. Son todos los bienes que caerían de la casa si le diéramos la vuelta.
Como calcular el contenido y el continente
En el caso del continente, no es común que los clientes conozcan el valor de la estructura de su vivienda. Por eso las aseguradoras suelen ofrecer una estimación. A diferencia de cuando compramos una vivienda, el precio que se subscribe no es el valor actual, sino el precio que costaría reparar los daños producidos. Se calcula multiplicando los metros cuadrados de superficie construida por el coste medio de la reconstrucción de una vivienda de similares características. Lo único que no se asegura es el valor del suelo porque aunque la vivienda se destruye, el propietario continuará siendo el amo del suelo sobre el cual estaba construida, y no perdería su valor.
En cuanto al contenido, es importante hacer una tasación justa y ajustada de los bienes de valor que tenemos en nuestra casa porque si el valor es inferior al real, en caso de siniestro la indemnización será proporcional al valor declarado. Es importante conocer qué objetos tenemos en casa para poder estimar su valor y asegurarlos con el seguro de hogar más adecuado.
Haz un inventario del contenido de tu casa y calcula su valor para conseguir el seguro de hogar que más se ajuste a tus necesidades. Y hazlo habitación por habitación, que no se te olvide nada, hasta completar toda la vivienda, lo cual te dará el valor total que tienes que asegurar.
Objetos especiales
Las joyas y otros objetos de valor generalmente tienen un tratamiento aparte dentro de la póliza y pueden quedar asegurados. A la hora de asegurar los objetos de valor especial éstos son tarificados por las compañías por el valor real y por las medidas de seguridad de que disponga el inmueble (por ejemplo, que la casa cuente con medidas de seguridad o estén guardados en una caja fuerte). En cualquier caso siempre es recomendable guardar fotografías, tasaciones y facturas de este tipo de objetos para poder probar su autenticidad ante las compañías de seguros llegado el momento del siniestro.
Infraseguro y sobreseguro
El valor que otorgues a tu contenido determinará la indemnización que puedes recibir de tu aseguradora si tus pertenencias tienen un contratiempo (que se quemen, se inunden, sean robadas, etc.); por eso es tan importante hacer bien los cálculos, porque si te quedas “corto” puede ocurrir lo que se denomina como infraseguro (es decir, que tus bienes estén asegurados por un valor inferior a su coste en el mercado) y entonces la indemnización no cubrirá la totalidad de los daños sufridos. En el lado contrario se sitúa el sobreseguro que se produce cuando valoramos por encima el importe de nuestro contenido. En este caso, el principal efecto es que pagarás un precio por tu seguro muy superior al que realmente tendrías que pagar.
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MEDICORASSE CORREDURIA DE SEGUROS DEL COL.LEGI DE METGES DE BARCELONA, SAU. NIF A-59-498220. DGS, clave J-928. Póliza de responsabilidad civil y capacidad financiera de acuerdo con la ley 26/2006, de 17 de julio.