Cuando contratamos un seguro de salud, lo que esperamos es que cuando tengamos que visitarnos o hacernos una prueba, por estar enfermos, la aseguradora nos preste el servicio que hemos contratado. La actual pandemia del COVID-19 hace que nos preguntamos si esta enfermedad tiene cabida en los contratos de seguros de salud, para saber si nos cubrirá o no la asistencia médica. Como punto de partida, y de manera general, los seguros sobre las personas que hacen relación a la salud, parece que no dejan lugar a dudas y entre las exclusiones de las coberturas encontramos: las epidemias declaradas oficialmente.
Las pólizas de seguros presentan como excepciones las epidemias o pandemias por tratarse de un riesgo imprevisible, pero el sector asegurador está ofreciendo asistencia a sus clientes en caso de COVID-19.
Aunque las enfermedades derivadas del coronavirus, así como el propio virus, pueden quedar fuera de la cobertura de las pólizas mientras se mantengan declaradas como pandemia, el sector asegurador, excepcionalmente, está ofreciendo asistencia a sus clientes en caso de COVID -19 en ciertas situaciones como puede ser la presencia de síntomas, la hospitalización o en determinadas intervenciones quirúrgicas.
En la situación actual, cuando un asegurado debe ser intervenido, es habitual que el médico solicite, dentro de las pruebas preoperatorias, también la de la COVID -19. En estos casos, las compañías adoptan criterios diferentes; por ejemplo, las hay que la cubren siempre en caso de una intervención quirúrgica, otras sólo la cubren en intervenciones más complicadas, las hay que han llegado a acuerdos con laboratorios para que el asegurado pueda realizársela a precios más asequibles cuando no autoricen cubrirla.
Lo que de forma general no están cubriendo las compañías es la prueba de la COVID-19 con carácter preventivo dado que los seguros de salud excluyen las pruebas con fines preventivos, a excepción de aquellas que forman parte de programas específicos ya contemplados en las pólizas.
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Medicorasse, Correduría de Seguros del CMB, SAU. NIF A-59-498220. DGSFP, clave J-928. Póliza de responsabilidad civil y capacidad financiera de acuerdo con el R DL 3/2020 de 4 de febrero que traspone la Directiva europea de Distribución de seguros privados.